Vengador de Sangre (en hebreo, goel haddam, que significa, redentor [vengador] de sangre). Pariente más cercano de un asesinado, única persona que podía vengar su muerte (Nm 35.11ss).
Los miembros de la familia y de la tribu se consideraban solidarios ante todo → HOMICIDIO de un hombre libre. Ya sea que se hubiese perpetrado voluntaria o involuntariamente, debía vengarse y exigía represalias contra el culpable y contra los suyos (Gn 4.14; Jue 8.18–21; 2 S 3.27; 14.7; 21.1ss; 2 R 9.26; etc.).
Para los israelitas la → VENGANZA era un derecho y un deber sagrado. No ejecutarla era atentado grave contra el honor de la familia.
Para regularla se hizo distinción entre homicidio involuntario y asesinato (Éx 21.12, 13; Dt 19.4–6; Nm 35.16ss), se dio el derecho de ejecución de la venganza únicamente al vengador de sangre y se establecieron → CIUDADES DE REFUGIO (Dt 4.41–43; 19.1–4; Nm 35.22–29; Jos 20), en las que el homicida podía permanecer hasta ser convicto de asesinato intencional.
Además, Deuteronomio prescribe claramente que la venganza solo puede alcanzar al culpable, con exclusión de los miembros de la familia (Dt 24.16; 2 R 14.6).